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«Sirviendo en la paz y en la guerra con mucha fidelidad» 447
arquidiócesis, la que cobró relevancia a escala de la monarquía al
ofrecer una salida negociada al conflicto creado por los primeros
virreyes de Nueva España nombrados por Felipe IV y la visita general
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que sucedió a la rebelión de 1624 en la capital de aquel reino .
La reactivación de la guerra contra los holandeses y la llamada
“etapa sueca” de la guerra de los Treinta Años fue escenario de las
prácticas de mediación exitosas realizadas por Carlo Tapia en Nápoles y
Francisco Manso en Panamá y México. No se trató de actividades bélicas,
sino de negociaciones que permitieron acarrear recursos humanos y
financieros para el sostenimiento de los hombres y las armas españolas
en los campos y mares de batalla. La intervención de estos dos ministros
en la obtención de medios extraordinarios, como la de muchos otros que
se vieron involucrados en estas prácticas negociadoras, atisba el pulso
de la dimensión fiscal de la guerra, que era el espacio de los vínculos que
jalonaban la existencia de la monarquía.
No obstante la adscripción de Manso y Tapia a la renovación de la
política dinástica dirigida por el conde duque de Olivares, los dos
ministros y consejeros del rey, cada uno desde su ámbito, al defender
su papel como jueces, defendieron también los privilegios y derechos
de las corporaciones, comunidades y vecinos que acudían a sus
juzgados. Al actuar como cabeza de diversas instancias, dieron un peso
decisivo al papel de los foros judiciales que encabezaron. Con ello, se
erigieron representantes de los oficiales reales, seculares y eclesiásticos,
que afirmaban la principalidad del consejero del rey y del senado como
clave para la salud del reino y la conservación de la monarquía.
Las experiencias de Manso y Tapia como jueces del rey en tiempos
de tregua, así como su formación en los dos derechos, fueron
sustanciales para desarrollar sus capacidades mediadoras durante la
guerra. La relativa desconexión de estos dos casos, uno que fue de
Calahorra a México, y el otro del Principado Ultra a Madrid y de vuelta
a la capital del Reame, expone las bases comunes de la acción de los
jueces reales y la constitución de sus foros como espacios de
negociación, donde se jugaban los destinos de la autoridad real, a la
vera del poder de los grupos locales y regionales, en sus ciudades y
reinos. Se trataba de un saber nacido de la práctica localizada del
servicio al rey, tal como habían experimentado Marañón y Sousa en
sus respectivas trayectorias. Si éstos transitaron de la guerra a la
justicia, aquellos lo hicieron de la justicia a la guerra. Los cuatro, al
final, buscaron sus recompensas.
77 G. Bautista y Lugo, Integrar un reino. La ciudad de México en la monarquía de
España. 1621-1628, UNAM/Red Columnaria, México, en prensa.
n.44 Mediterranea - ricerche storiche - Anno XV - Dicembre 2018
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)