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                cortesanas de la Real Capilla se resolvió con un decreto de Carlos II de
                abril de dicho año. Su hermano, en tanto príncipe de sangre y con disi-
                muladas aspiraciones de verse elevado a la dignidad de infante de Es-
                paña, iría «delante de mí con preferencia a los Grandes y a los jefes de mi
                Casa». Esta planta del espacio sacro introdujo una novedad protocolaria
                que, por expreso deseo real, se adoptaría en los mismos términos «en los
                acompañamientos a caballo» . Tal alteración imbricaba ritual y derecho
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                para prefigurar una hipotética herencia que, incluso, se interpretó como
                un reconocimiento fáctico a la sucesión.
                   La decisión regia provocó la negativa de los embajadores europeos
                que sentían amenazados sus privilegios con la participación de don
                Juan, una figura incómoda y difícil de encajar en el diseño del acom-
                pañamiento que manejaban . Según los registros de estos diplomáti-
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                cos, además, sus caballerizos y pajes debían ir entre las guardias y
                sus carrozas sucederían a los coches reales «senz’altra interposizione»
                y sin alterarse su posición detrás del monarca a caballo . Cuestio-
                                                                        38
                nada tal prerrogativa y ante la duda del condestable de Castilla, ma-
                yordomo mayor de Carlos II, se revisaron las etiquetas, relaciones y
                disposiciones previas en las que no se tenía constancia que el coche
                del nuncio fuera en el lugar señalado por Mellini .
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                   Al frenético intercambio de impresiones con el monarca sobre la ma-
                teria de los coches, Cornaro añadió la regla de que, en funciones simila-
                res, el mayordomo mayor había de ir detrás de los embajadores de capilla.
                Sus afirmaciones fueron desoídas al no tener tampoco constancia docu-
                mental de ello, ni recuerdo de los procedimientos alegados. Ambas cues-
                tiones derivaron en un enconado debate, pues en la última codificación
                protocolaria de 1651 se especificaba la ubicación del mayordomo ma-
                yor . Por un lado, el parecer de los consejeros se mostraba contrario a
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                que los domésticos diplomáticos ocupasen tal lugar entre las guardias y


                   36  Agp, Reinados. Carlos II, caja 79, exp. 3. Decreto de Carlos II. Madrid, 1 de abril
                de 1677. Cfr. A. Álvarez-Ossorio Alvariño, Ceremonial de la majestad cit., pp. 375-376.
                   37  A. Álvarez-Ossorio Alvariño, Ceremonial de la majestad cit., p. 378. Esta contro-
                versia ceremonial no se generó con anterioridad durante los valimientos del duque de
                Lerma y del conde-duque de Olivares. Ambos tenían un lugar establecido en el acom-
                pañamiento en función de sus cargos palatinos de sumiller de corps y caballerizo mayor.
                M.J. del Río Barredo, El ritual cit., p. 29.
                   38  Aav, Archivio della Nunziatura di Madrid, 1, f. 282r. Relazione della difficoltà in-
                contrata da monsignore nunzio Mellini e dal signore Federico Cornaro, ambasciatori ve-
                neto nella cavalcata che si fece in Madrid per dare le grazie della ricuperazione di Mes-
                sina, ai 17 d’Aprile 1678. Madrid, 17 de abril de 1678.
                   39  Aav, Segreteria di Stato. Spagna, 151, f. 509v. Carta de Savo Mellini al cardenal
                Alderano Cybo. Madrid, 28 de abril de 1678.
                   40  Ahn, Códices, L. 1496, ff. 264v-265v. Etiquetas generales que han de observar los
                criados de la casa de Su Majestad en el uso y ejercicio de sus oficios. Madrid, 22 de
                marzo de 1650.



                Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVII - Aprile 2020
                ISSN 1824-3010 (stampa)  ISSN 1828-230X (online)
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