Page 16 - sfogliabile 49
P. 16

282                                    Francisco J. Moreno Díaz del Campo


                movilidad;  también  en  otros  de  calado  similar  como  el  porte  de
                armas. La recuperación de la vía eclesiástica se vio complemen-
                tada con la elaboración de los censos de 1581 –gestionada por los
                obispos– y con la publicación de toda una serie de recomendacio-
                nes que, entre ese último año y 1583, conminaban al clero parro-
                quial a intensificar la vigilancia pastoral y a aumentar el control
                sobre sus feligreses cristiano-nuevos mediante la elaboración de
                registros similares a los que, hasta aquel momento, habían ejecu-
                tado  las  autoridades  civiles .  Más  allá  de  ello,  poco  se  dice  de
                                             17
                éstas últimas y aunque el tono reprobatorio es evidente, lo cierto
                es que corregidores, gobernadores de partido y justicias señoriales
                siguieron controlando la elaboración de padrones en sus respecti-
                vas demarcaciones.
                   Por tanto, y a pesar de la pérdida de confianza, la retirada de
                competencias solo fue parcial y derivó en la asunción de responsa-
                bilidades en materia de vigilancia de moriscos por parte del Consejo
                de Población, institución encargada de gestionar la Granada post-
                alpujarreña, pero que había quedado relativamente al margen de
                las  actuaciones  relativas  a  los  moriscos  expulsados  a  Castilla.  A
                partir  de  aquel  momento,  los  justicias  debían  responder  ante  un
                órgano jurisdiccional superior, orden en la que cabe observar el de-
                seo de conseguir una mayor eficacia –fruto de la centralización en
                la toma de decisiones– y, sobre todo, la asunción de una única doc-
                trina a la hora de validar y otorgar permisos de movimiento, cam-
                bios de residencia y nuevos avecindamientos. El problema es que el
                Consejo cesó en sus actividades entre 1592 y 1597 , lapso en el
                                                                     18
                que ha de entenderse que los corregidores debieron responder de
                nuevo ante el Consejo de Castilla. Más allá de ello, lo verdadera-
                mente llamativo es que las peticiones de libertad de movimiento y
                de avecindamiento comienzan a menudear desde finales de los años
                1580, dando la sensación de haber dejado un rastro documental
                más claro durante el lustro en el que el Consejo hibernó .
                                                                         19
                   A ello cabe añadir la relajación en la vigilancia, muy visible en la
                retirada de la obligación de poseer y «mostrar» pasaporte decretada en


                   17  M.J. García Gómez, Contribución de la Iglesia a un proyecto político de Felipe II: la
                integración de los moriscos granadinos deportados a Castilla (1570-1610) cit., pp. 1434-
                1441.
                   18  Sobre este asunto, véanse M.M. Birriel Salcedo, Las instituciones de la repoblación
                del Reino de Granada (1570-1592), «Anuario de Historia del Derecho español», 58 (1988),
                pp. 173–204 e I. Gómez González, La intervención de la Chancillería de Granada en el
                Consejo de Población y en la administración de la renta de población, «Chronica Nova»,
                25 (1998), pp. 321–335.
                   19  F.J. Moreno Díaz del Campo, Los moriscos de La Mancha. Economía, sociedad y
                modos  de  vida  de  una  minoría  en  la  Castilla  moderna,  Consejo  Superior  de
                Investigaciones Científicas, Madrid, 2009, p. 294.



                Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVII - Agosto 2020
                ISSN 1824-3010 (stampa)  ISSN 1828-230X (online)
   11   12   13   14   15   16   17   18   19   20   21