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374 David González Cruz
a Ricardo Wall – secretario de Estado – que había «disimulado» su apli-
cación «hasta que cómodamente» pudieran trasladarse a otro lugar ;
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posiblemente esta flexibilidad inicial originó que algunos judíos logra-
ran quedarse tal como se advierte en la redacción de algunas escritu-
ras notariales .
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Con todo, después de un corto periodo de siete años, una vez con-
cluida la guerra y firmado el tratado de París en 1763, Menorca fue
devuelta a la corona británica comenzándose una nueva etapa de cre-
cimiento poblacional para los practicantes de la fe judaica, quienes
dispusieron de la protección del rey Jorge III y de su autorización para
construir una sinagoga ; esta decisión de la corona inglesa recibió la
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oposición y contestación del clero y de los habitantes autóctonos –
mayoritariamente católicos – hasta el punto que consiguieron que el
coronel James Johnston – teniente de gobernador – adoptara la deci-
sión de cerrar este lugar sagrado donde celebraban sus cultos y ritos.
Esta limitación de los derechos otorgados por el monarca motivó que
la comunidad acudiera a solicitar la ayuda de los judíos portugueses
residentes en Londres con el fin de que intercedieran ante el gobierno
de Gran Bretaña, lo cual fue un factor clave para que el duque de
Richmond – secretario de estado – permitiera el uso de la sinagoga .
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En cualquier caso, el beneplácito del poder político no pudo eliminar
las reacciones contrarias de los menorquines, quienes incentivados
por los eclesiásticos evitaban el contacto con ellos y trataban de ais-
larlos en el marco de las relaciones sociales.
Esta etapa de coexistencia de la comunidad judaica con los católi-
cos se quebró en 1781 cuando el duque de Crillón desembarcó con su
ejército tomando posesión de la isla para la corona española; inmedia-
tamente después, el 27 de agosto de ese año, ordenó la expulsión de
las personas de «nación hebrea». Posteriormente el marqués de Flori-
dablanca reforzó la medida, a través de una instrucción remitida el
dos de septiembre de 1781, en la que dictaminaba que fueran expeli-
dos de Menorca y enviados a «parajes donde no nos causen daño ».
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Pese a esta decisión, el último período de dominio inglés iniciado
en 1798 supuso de nuevo el regreso de los judíos, anglicanos y orto-
doxos a esta isla balear, aunque la libertad religiosa duró muy poco
41 Doc. cit.
42 M. Morcillo, Los judíos de Menorca durante la segunda mitad del siglo XVIII a través
de los protocolos notariales de Mahón (1751-1802) cit., p. 95.
43 Ivi, pp. 33-35.
44 M. Morcillo, Los judíos de Menorca durante la segunda mitad del siglo XVIII a través
de los protocolos notariales de Mahón (1751-1802) cit., pp. 34-35.
45 Ags, Fondo Guerra Moderna, leg. 3.759. JJ Morales, La masonería en Menorca, en
JA Ferrer (coord.), La masonería en la España del siglo XIX, vol. 1, 1987, p. 386.
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVIII - Agosto 2021
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)