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                que perdió durante la década de 1640 el extenso poblamiento pedáneo
                que poseía en la falda del Etna. En 1651 enviaron a la Corte virreinal
                el habitual memorial con todos los viejos privilegios de jurisdicción
                sobre tales pueblos; junto a ellos, ofrecían para rescatarlos la misma
                cantidad que habían pagado cada uno de los diferentes barones, a la
                que sumaban hasta 20.000 escudos más    134 :

                    Acudieron luego a aquella ciudad [de Palermo] el obispo y algunos caba-
                lleros de la de Catania, y le representaron los graves inconvenientes que ha-
                bían resultado de haber vendido a diferentes barones todos los lugares o ca-
                sales de la jurisdiçión de aquella ciudad 135 .

                    A diferencia de otros casos descritos en Castilla o Nápoles, Cata-
                nia no logró convencer a la corte virreinal después de este larguísimo
                pleito  con  los  barones  que  habían  comprado  Misterbianco,  Trecas-
                tagne, Viagrande y sus otros casali, perdiendo la ciudad para siempre
                la jurisdicción sobre estos 136 .
                    Con todo, incluso después de haberse hipotecado en estos pagos
                a la Corona, tampoco podían garantizarse las ciudades el manteni-
                miento de su estatus jurídico y el de sus aldeas, de modo que muchas
                de ellas se vieron obligadas a pagar después para renovar estos privi-
                legios, debido a nuevas tentativas enajenadoras. La ciudad siciliana
                de Calascibetta se rescató en 1535, cuando intentó comprarla Ludo-
                vico Vernagallo; un siglo después, en 1629, lo hizo nuevamente para
                no ser vendida a Octavio Centurión, pagando a Felipe IV otros 12.000
                escudos 137 . Igual sucedió con la ya citada Vizzini, que en 1538 sirvió
                a la Real Hacienda de Carlos V con 15.000 ducados cuando se estaba
                tramitando su venta en el Tribunal del Patrimonio, y en 1649 hubo de
                hacerlo de nuevo, cuando trató de adquirirla el comerciante genovés
                Nicolò Squittini 138 . En Castilla, la ciudad de Andújar pagó hasta en
                tres ocasiones a lo largo de los siglos XVI-XVII por conservar sus al-
                deas bajo su jurisdicción, en 1582, 1626 y 1678 respectivamente  139 .


                   134  Asc, Biscari, Leg. 475.
                   135  Ivi, f. f. 487r/v.
                   136  P. Militello, Misterbianco nel Seicento: vendita e rifondazione di un paese si-
                ciliano, «Storia Urbana», n. 168 (2021), especialmente las pp. 8-14.
                   137  D. Ligresti, Centri di potere urbano e monarchia ispanica nella Sicilia del XV-
                XVII secolo cit., p. 315
                   138  F. Sacco, Dizionario geografico del regno di Sicilia cit., Tomo II., p. 288.
                   139  Bne, Porcones, libro 84, exp. 18; Bne, Porcones, libro 33, exp. 21. El caso lo
                hemos  tratado  en  F.  J.  Illana  López,  Resistencias  campesinas  alargadas  en  el
                tiempo. La exención jurisdiccional del lugar de Villanueva de la ciudad de Andújar
                (siglos XVI-XVIII), en R. Castro Redondo y P. F. Luna (coords.), Resistencias campe-
                sinas en los espacios rurales de Europa y América durante la Edad Moderna, Uni-
                versidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educa-
                ción (colección HisMundi), La Plata, 2023 [en prensa].



                Mediterranea - ricerche storiche - Anno XXI - Aprile 2024
                ISSN 1824-3010 (stampa)  ISSN 1828-230X (online)
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