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Manufacturas, caridad y salario en la red asistencial madrileña del Setecientos 151
patrocinadas por el Estado, ya fueran patrióticas o gratuitas, se diri-
gieron especialmente a las niñas. La transformación del mercado la-
boral del sector textil madrileño se completaría a partir de 1784 con
la norma que legalizaba el trabajo de las mujeres en los oficios consi-
derados «propios de su sexo», socavando el control ejercido por los gre-
mios sobre la mano de obra y legalizando la subcontratación de unas
trabajadoras que rebajaban los costes de producción del sector .
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El plan formativo de las escuelas comprendía dos aspectos princi-
pales: el trabajo textil, por un lado, y los principios de la religión y el
buen comportamiento por otro. Como señala López Barahona, las es-
cuelas-taller de iniciativa estatal abarcan diversas fases del proceso
de producción textil, especialmente la hilatura, el tejido (cintas, pasa-
manerías, telas estrechas, ligas, calcetas, encajes) y la confección y
acabado de prendas (costura y bordado). La formación religiosa ocupó
también un espacio fundamental en su currículo: en el artículo quinto
del reglamento para las escuelas gratuitas de las Diputaciones se es-
tablece que «Lo primero que enseñarán las Maestras á las niñas serán
las Oraciones de la Iglesia, la Doctrina Christiana por el método del
Catecismo, las máximas de pudor y de buenas costumbres […]» .
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Todo ello estaba orientado a formar no solo trabajadoras diestras y
disciplinadas, sino también «buenas esposas» que se ajustasen al mo-
delo hegemónico de feminidad. El vínculo entre religión y manufactu-
ras termina de fraguarse al transformar las relaciones de mercado in-
volucradas en la producción textil de las niñas en una relación de ca-
ridad que justificara sus escasas retribuciones.
Los mismos principios que inspiraron la creación de estas escuelas-
taller los encontramos en los talleres de las instituciones de confina-
miento de pobres, especialmente en hospicios y orfanatos, que a partir
de entonces se convirtieron también en centros manufactureros. Un
buen ejemplo de ello es el caso del Colegio de las Niñas de la Paz,
donde el proto-empresario Francisco García Navas establece en 1713
18 Cédula de 2 de septiembre de 1784.
19 Según el mismo reglamento de mayo de 1783, la jornada de las escuelas gratuitas
ocupaba a las niñas 4 horas por la mañana y otras tantas por la tarde, si bien algunas
escuelas alcanzan las 10 horas o más. El grueso del horario se dedica al trabajo textil,
mientras que la formación religiosa se realiza mediante fórmulas compatibles con la
producción, como la oración, la lectura de la vida del santo del día, rezo del rosario, etc.
V. López Barahona, Las trabajadoras en la sociedad madrileña cit., p. 256. El regla-
mento de las escuelas gratuitas establecidas por las Diputaciones de Barrio, en Real
Cedula de S. M. y señores del Consejo por la qual se manda observar en Madrid el Regla-
mento formado para el establecimiento de escuelas gratuitas en los barrios de él, en que
se dé educación á las niñas, extendiéndose á las capitales, ciudades y villas populosas
de estos reinos en lo que sea compatible con la proporción y circunstancias de cada una
y lo demás que se expresa, Imprenta de don Pedro Marín, Madrid, 1783.
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVII - Aprile 2020
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)