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La Disertación jurídica y política de Rafael de Vilosa 637
obediencia al monarca . La relación que se establecía entre la lealtad
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y la disciplina social católica fue una constante en otros muchos co-
mentaristas políticos del Barroco hispano. La deslealtad se fue confi-
gurando legalmente en los siglos plenomedievales cuando se objeti-
vaba en actos contra el rey o su señorío, identificados en los Ordena-
mientos de Alcalá de Alfonso XI o en varias leyes promulgadas por
Juan I a finales del XIV .
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Nos gustaría recuperar una afirmación realizada por Diego Felipe
de Albornoz, quien en 1666 publicó la obra titulada Cartilla política y
cristiana. Esta obra era un ejemplo más de la literatura especular de
la época, cuyas ideas se estructuraban en forma de un alfabeto. En el
apartado destinado a reflexionar sobre la obligación moral del rey de
vigilar y cuidar al reino se afirmaba que: «En la última causa que hay
del poco respeto [al rey], que son las relajadas costumbres, no discu-
rro, porque quien sirve rendidamente a sus apetitos abre puerta
franca a la desestimación y deslealtad» .
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Esta afirmación nos permite entender en mayor medida las impli-
caciones conceptuales y morales de la comprensión ofrecida por Vi-
losa. Por lo tanto, para el jurista catalán el amor propio y no «otra
causa» era el único responsable de semejante latrocinio, ya que se ha-
bía suspendido la alteridad política fundada en la caridad que debía
generar la felicitas del reino. De igual modo, en la corte de Madrid
también se percibía la presencia de ese amor propio en la forma de
proceder del marqués de Laconi, pues en una relación anónima diri-
gida a Mariana de Austria se proyectaba la opinión generalizada sobre
la concurrencia no equilibrada de los intereses personales del mencio-
nado aristócrata y el bien común del reino de Cerdeña: «nadie duda
que de los accidentes de las Cortes se han originado los presentes dis-
turbios: y según dicen de la ingenuidad del virrey y fines particulares
de Laconi, no haberse concluido sin condiciones el servicio» .
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Se puede inferir, por tanto, que en la corte de Madrid se identificaba
al marqués de Laconi como responsable directo de aquellos funestos
«accidentes de las Cortes», ya que sus intereses personales impidieron
alcanzar un acuerdo político que correlativamente provocaron su ase-
sinato y el posterior magnicidio del virrey Camarasa.
40 A. González Polvillo, El gobierno de los otros. Confesión y control de la conciencia
en la España moderna, Universidad de Sevilla, Sevilla, 2010, pp. 33-50.
41 F. Tomás y Valiente, El derecho penal de la monarquía absoluta, cit. p. 241 y ss.
42 D. F. De Albornoz, Cartilla política y cristiana, UNED, Madrid, 2007, p. 178.
43 Rah, Salazar y Castro, K-40, fols. 254r-262v.
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVII - Dicembre 2020
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)