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366 David González Cruz
Venecia, Livorno, Londres, Amberes, o puertos del Caribe, entre otros
lugares .
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2. Los condicionantes del tratado de Utrecht
La puesta en funcionamiento de la estrategia utilizada por la mo-
narquía inglesa encaminada a poblar Gibraltar y Menorca con contin-
gentes judíos incentivó a la diplomacia española encargada de las ne-
gociaciones de paz a que se dirigieran esfuerzos a incluir cláusulas en
el tratado de Utrecht que, junto a la tolerancia hacia el ejercicio de la
religión católica , impidiera el asentamiento de comunidades hebreas
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y musulmanas en ambos territorios; no obstante, esta cuestión generó
resistencias por parte de los representantes británicos , incluso des-
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pués de haberse firmado el 27 de marzo de 1713 los preliminares de
paz por los plenipotenciarios lord Lexington y el marqués de Bedmar.
Con todo, en el acuerdo inicial rubricado en Madrid por ambos diplo-
máticos se prohibía expresamente el establecimiento de integrantes
del pueblo de Israel tanto en el Peñón como en la isla balear; de esta
manera, al menos, quedaba recogido el compromiso en el artículo
cuarto del Tratado preliminar de paz y amistad entre las coronas de
España e Inglaterra:
Que S.M. B. quedará también en possessión de Puerto Mahón y de la Isla
de Menorca, y que no permitiría que judío ni moro alguno pueda entrar ni
8 M. Herrero, Conectores sefarditas en una monarquía policéntrica cit., págs. 445-
472.
9 Las cuestiones religiosas habían sido incluidas en anteriores tratados firmados por
las monarquías de España e Inglaterra durante el siglo XVII; por tanto, formaban parte
de la tradición diplomática de las negociaciones entre ambos estados, especialmente en
lo que respecta al ejercicio del catolicismo en Irlanda y en territorios británicos en ge-
neral. En este contexto, en el tratado de Madrid de 1630 la corona española se compro-
metía a que los súbditos ingleses no fueran molestados por la Inquisición por motivos
de religión; de igual forma, en el tratado acordado el 28 de agosto de 1604, el monarca
hispano renunciaba a apoyar a un rey católico para el trono británico. En torno a este
aspecto de la diplomacia hispano-inglesa puede verse, entre otras investigaciones: P.
Sanz, Las instrucciones diplomáticas de los embajadores españoles en Inglaterra durante
el siglo XVII, «Revista de Historia Moderna», n. 33 (2015), págs. 11-31. P. Sanz, Excluidos
y censurados. Los recusantes católicos ingleses y la diplomacia española en tiempos de
Jacobo I, en E. Serrano y J. Gascón (eds.), Poder, sociedad, religión y tolerancia en el
mundo hispánico, de Fernando el Católico al siglo XVIII, Institución Fernando el Católico,
Zaragoza, 2018, págs. 1181-1195. C. Bravo, Tierras de misión. La política confesional de
la monarquía de España en las Islas Británicas, 1660-1702. Tesis doctoral. Universidad
Autónoma de Madrid, Madrid, 2014.
10 J. Albareda, Felipe y la negociación de los tratados de Utrecht: bajo los dictados del
mejor abuelo del mundo, «Cuadernos de Historia Moderna», 12 (2013), p. 57.
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVIII - Agosto 2021
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)