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Defensa de la costa, captura y venta de esclavos norteafricanos en el Mediterráneo 357
añadía su injusto procesamiento y detención a manos del general, a
consecuencia del incidente .
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A raíz de las acusaciones, desde la corte se requirió al conde de
Castronuevo toda la información sobre el asunto de las presas, dado
que la legislación prohibía que los gobernadores de la costa pudiesen,
personalmente o interpósitas, participar en este tipo de almonedas.
También se le ordenaba aclarar el incidente con el veedor que, de ha-
ber sucedido así, extrañaba a Felipe IV, «pues mis oficiales del sueldo,
a los quales tengo puestos para la buena quenta y raçon de lo que se
ofrece en las partes donde residen, no deven ser mal tratados y opri-
midos por cumplir con mi servicio y su obligación, antes alentados y
favorecidos de los que gobiernan» 100 .
El capitán general respondió, lógicamente, negando la versión del
veedor. En primer lugar, las presas anteriores a las que aludía Gu-
tiérrez de Osorio eran solo seis hombres capturados en diferentes
cabalgadas en los partidos de Almería, Mojácar, Motril y Vélez, de los
que cinco fueron subastados en pública almoneda en Vélez Málaga y
se repartió el producto de su venta entre los que participaron en su
apresamiento 101 . Asimismo, por las escrituras de depósito de los
quintos reales que obraban en poder del pagador de la costa, cons-
taba que desde su nombramiento como capitán general correspon-
dían a la Corona 1.025,7 ducados de los cinco remates de esclavos
por capturas –se incluían los 938 ducados cobrados por la venta de
1633– que se habían hecho desde fines de septiembre de 1630, fecha
de su entrada en el cargo. Así pues, se había actuado como siempre
se había hecho con los musulmanes capturados en la costa durante
los gobiernos de don Hernando Hurtado de Mendoza, don Diego Ló-
pez de Zúñiga y don Íñigo Briceño de la Cueva, sus predecesores en
el cargo, sacando previamente el quinto real y la décima parte del
producto que, según la costumbre guardada desde 1583, tocaba al
capitán general. Además, en la documentación de la Capitanía y en
los libros del contador de presas no constaba que en el procedimiento
sobre reparto de cabalgadas y presas debiese intervenir el veedor de
la gente de guerra. Afirmaba, pues, que en la subasta y venta de 67
de los 68 esclavos apresados en el Cabo de Gata –uno se lo había
quedado Castronuevo–, se había actuado conforme a la ley, con in-
tervención del contador de presas y depositando el quinto de Su
99 Ags, Ga, leg. 1.089, sf.
100 Real cédula de 03-04-1633, dirigida al capitán general de la costa, Ags, Ga, leg.
1.089, sf.
101 Uno de los seis fue remitido al Santo Oficio de Valencia, por ser un renegado de
los moriscos expulsos de dicho reino, Ags, Ga, leg. 1.089, sf.
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVIII - Agosto 2021
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)