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palabra oral como modo de sellar el compromiso asumido se conjugaba
con el empleo instrumentos privados (vales, libranzas, cédulas, libros
de cuentas, memorias, cartas misivas) y con la menos frecuente apela-
ción a instrumentos públicos, compuestos en su mayor parte por la es-
crituración notarial de las obligaciones nacidas del endeudamiento
(véase el Anexo I). De esta manera, las deudas que los testadores y tes-
tadoras declararon en sus mandas testamentarias no sólo respondían
a motivos diferentes y a finalidades heterogéneas: también habían sido
creadas mediante el empleo de una diversidad de instrumentos.
Aquellas declaraciones testamentarias muestran que la mayor parte
de los instrumentos empleados para resguardar una obligación crediti-
cia consistía en instrumentos privados. Y demuestran, asimismo, que
los instrumentos públicos eran preferentemente empleados cuando la
operación ponía en juego sumas elevadas. Las sumas involucradas
constituían, por lo tanto, un primer criterio empleado por los actores
económicos para definir el empleo de escrituras notariales .
8
En este sentido, y tal como lo explica Hevia y Bolaños, allí cuando
el monto disputado en un litigio no superase los 60.000 maravedíes
(221 pesos de a ocho reales de plata), el fallo del alcalde ordinario o el
justicia mayor era apelable ante el Cabildo; superada esa suma, el
fallo era apelable ante la Real Audiencia. En otros términos: a mayores
sumas involucradas, mayores posibilidades jurídicas de apelar ante
las instancias superiores de la justicia real.
En efecto, la mayoría de escrituras notariales declaradas en los tes-
tamentos se adecuaba a esta condición: mientras que el 42% de las
deudas formalizadas mediante cédulas privadas involucraban montos
por encima de los 221 pesos, el 76% de las deudas formalizadas nota-
rialmente involucraban sumas superiores a dicho monto . Conside-
9
Facciones cit., pp. 341-358; M.B. García López, Los fondos documentales de la Audiencia
de Buenos Aires en el Archivo General de Indias, «Nuevo Mundo Mundos Nuevos», 2009;
F. Jumar, Colonia del Sacramento y el complejo portuario rioplatense, 1716-1778, en
Silva, H. (dir.), Los caminos del Mercosur: Historia económica regional. Etapa colonial,
Instituto Panamericano de Geografía e Historia, México, 2004, p. 166; Z. Moutoukias,
Contrabando y control colonial en el siglo XVII. Buenos Aires, el Atlántico y el espacio
peruano, CEAL, Buenos Aires, 1988, p. 160.
8 En una aproximación bivariada, el análisis de la varianza sobre la comparación
entre las sumas acreditadas y los instrumentos públicos, privados y compromisos ora-
les, arroja un valor general de significación de 0.03, siendo estadísticamente significati-
vas aquellas diferencias entre medias inferiores al parámetro de 0.05. Al indagar me-
diante los test de Scheffé y Tukey la significación de esa diferencia entre sumas medias
acreditadas por instrumentos públicos y privados, la misma queda constatada: Tukey
arroja un valor de 0.024 y Scheffé uno de 0.045, ambos inferiores al parámetro de 0.05
y por lo tanto, estadísticamente significativas. Véase M. Wasserman, Las obligaciones
cit., p. 299.
9 M. Wasserman, Las obligaciones cit., p. 134.
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVIII - Dicembre 2021
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)