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652 Martín Wasserman
de crédito. La escribanía era por lo tanto un dispositivo informacional,
que contrapesaba la información asimétrica inherente a una población
con fuerte movilidad demográfica, proveyendo conexiones entre poten-
ciales acreedores y tomadores o consignatarios sin el condiciona-
miento de un enlace interpersonal preexistente. El presente artículo
ofrece una sucinta lectura panorámica sobre este mecanismo, abre-
vando en fuentes notariales y en la dimensión relacional de las prác-
ticas crediticias en Buenos Aires a lo largo de los siglos XVII y XVIII.
2. El lugar de las escrituras notariales en el universo crediticio
A lo largo de los siglos XVII y XVIII, y en ausencia de un sistema
bancario establecido localmente, las obligaciones nacidas del endeu-
damiento económico en Buenos Aires se materializaban en una diver-
sidad de instrumentos que respondían, a su vez, a una pluralidad de
ordenamientos normativos.
Atendiendo a la distinción inicial entre la escritura y la oralidad
como los dos soportes que los actores empleaban para formalizar la
palabra empeñada y asumir sus obligaciones, la primera adquirió una
diversidad de formas que expresa la aplicación de criterios heterogé-
neos para la asignación crediticia de recursos: escrituras públicas, cé-
dulas, vales, recibos, cartas misivas, libranzas, libros de cuentas, me-
morias, papeles y conocimientos que podían ser reconocidos ante la
autoridad competente, constituyeron los instrumentos escritos pri-
mordialmente empleados para formalizar las deudas en Buenos Aires
durante los siglos XVII y XVIII.
En este sentido, cabe la distinción inicial entre instrumentos públi-
cos (rubricados por autoridades públicas) e instrumentos privados (ca-
rentes de aquella rúbrica de autoridad pública), tanto en lo que refiere
a la naturaleza de su confección como al consecuente valor probatorio
detentado por cada uno frente a un juicio civil o ejecutivo . De este
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modo, la palabra oral, los instrumentos privados y los instrumentos
públicos permiten definir, como síntomas de aquella pluralidad de ór-
denes normativos, una cartografía de las obligaciones financieras que
integraban socialmente a esta economía de Antiguo Régimen.
El perfil demográfico de la temprana comarca contribuía con esa plu-
ralidad de ordenamientos normativos y en su expresión como una
1 Tal como lo explicase Hevia y Bolaños, los instrumentos constituían, en efecto, una
de las especies de prueba en juicio civil, junto al juramento decisorio, la confesión de
parte, los testigos, la vista y evidencia del hecho y la presunción. Ver J. Hevia y Bolaños,
Primera y Segunda parte de la Curia Filipica, Madrid, Melchor Sanchez, 1652, p. 59.
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVIII - Dicembre 2021
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)