Page 176 - Mediterranea-ricerche storiche, n. 47, dicembre 2019
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                 otros jueces y cargos locales. De entrada afectaban a todos los pueblos
                 de la provincia, incluidos los estados y oficiales señoriales, recortán-
                 doles atribuciones a los dueños de vasallos, pero a la postre la legisla-
                 ción regia recogida en la propia Instrucción de 1749 cercenaba su
                 capacidad interventora en estos territorios: quedan excluidos de lo
                 nuevamente ordenado para los juicios de residencia de corregidores,
                 cargos y justicias locales del realengo. En tanto el monarca no dispu-
                 siera otra cosa, la potestad y los derechos adquiridos por los señores
                 jurisdiccionales prevalecen sobre el interés general o público. De todo
                 lo cual se deduce que también en este punto –en materia de Justicia
                 en general– el monarca y su ministro apuestan por aplicar las reformas
                 con una línea de cierta gradación, evitando de momento brusquedades
                 o grandes novedades que pusieran entredicho el constitucionalismo
                 tradicional.















































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                 Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVI - Dicembre 2019
                 ISSN 1824-3010 (stampa)  ISSN 1828-230X (online)
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