Page 176 - Mediterranea-ricerche storiche, n. 47, dicembre 2019
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otros jueces y cargos locales. De entrada afectaban a todos los pueblos
de la provincia, incluidos los estados y oficiales señoriales, recortán-
doles atribuciones a los dueños de vasallos, pero a la postre la legisla-
ción regia recogida en la propia Instrucción de 1749 cercenaba su
capacidad interventora en estos territorios: quedan excluidos de lo
nuevamente ordenado para los juicios de residencia de corregidores,
cargos y justicias locales del realengo. En tanto el monarca no dispu-
siera otra cosa, la potestad y los derechos adquiridos por los señores
jurisdiccionales prevalecen sobre el interés general o público. De todo
lo cual se deduce que también en este punto –en materia de Justicia
en general– el monarca y su ministro apuestan por aplicar las reformas
con una línea de cierta gradación, evitando de momento brusquedades
o grandes novedades que pusieran entredicho el constitucionalismo
tradicional.
n. 47
Mediterranea - ricerche storiche - Anno XVI - Dicembre 2019
ISSN 1824-3010 (stampa) ISSN 1828-230X (online)